PROTOCOLO DE COLABORACIÓN
EN PREVENCION DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL
CONACE V REGION
FEDERACION DE ASOCIACIONES GREMIALES QUINTA REGION MIPYME
En Viña del Mar , a 13 de septiembre de 2011, entre el Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes, CONACE, representado para los efectos por la Señora Coordinadora Regional, Ps. María Ester Munnier Soto, , en adelante Conace Región de Valparaíso, por una parte y, por la otra, la Federación de Asociaciones Gremiales Quinta Región, representado por la señora Carmen Greco Silva, Valparaíso, se ha establecido el siguiente Protocolo de Colaboración para servicios de asesorías, capacitación y asistencia técnica, basándose en las cláusulas que se expresan y para cuyos efectos las partes se denominan “El Conace Regional y La Institución” respectivamente.
PRIMERO: Las instituciones comparecientes acuerdan establecer un sistema de asesoría, capacitación y asistencia técnica en materia de prevención del consumo de drogas y alcohol, a desarrollar por la Institución conforme a los programas y ámbitos con que cuenta CONACE.
Asimismo, de acuerdo a los fines y naturaleza que les son propias y según sus disponibilidades presupuestarias, cada parte se compromete a colaborar para el desarrollo de actividades de sensibilización, difusión y acciones de capacitación dirigido a profesionales, monitores deportivos y personal de la institución.
SEGUNDO: En el marco del presente Protocolo de Colaboración, se considera la realización de las siguientes actividades que deberán materializarse de acuerdo a una programación anual que deberá contener las especificidades que correspondan:
a) Apoyo y asesoría en materia de prevención del consumo de drogas y alcohol, a socios y organizaciones integrantes de la Institución.
b) Espacios de difusión, formación y capacitación dirigidas tanto a profesionales como trabajadores para relevar una cultura preventiva y estilos saludables de vida en las organizaciones.
c) Generación de estrategias preventivas de consumo de drogas y alcohol destinadas al personal de la Institución de manera de identificar y potenciar los factores protectores presentes en ellos y la Institución.
TERCERO: El presente protocolo podrá ser rescindido de inmediato por el no cumplimiento de cualquiera de sus cláusulas o condiciones, o en cualquier momento, mediante previo aviso escrito con a lo menos 30 (treinta) días de anticipación, de una parte a otra.
CUARTO: Los comparecientes dejan expresa constancia que el presente protocolo no implica transferencia de dinero alguno.
QUINTO: Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Viña del Mar.
Firman el presente Protocolo de Colaboración, en dos ejemplares de igual tenor y forma, quedando cada uno en poder de los comparecientes.
CARMEN GRECO SILVA |
MARÍA ESTER MUNNIER S. |
PRESIDENTA |
COORDINADORA REGIONAL |
FEDERACION REGIONAL MIPYME |
CONACE REGION DE VALPARAISO |
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